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Estrategias de desarrollo local participativo (Art. 60)

FEMP (2014-2020)
Pregunta

De acuerdo con el artículo 33.4 del Reglamento de Disposiciones Comunes (Rto 1303/2013) “la primera fase de selección de las estrategias de desarrollo local participativo deberá haber finalizado en el plazo de dos años a partir de la fecha de aprobación del acuerdo de asociación. Los Estados miembros podrán seleccionar otras estrategias de desarrollo local participativo después de esa fecha, pero a más tardar el 31 de diciembre de 2017”

Algunas CC.AA nos han indicado que no les va a ser posible finalizar con la selección de estrategias a 30 de octubre de 2016. Desde nuestro punto de vista, creemos que no habría problema siempre que todas las estrategias, con sus respectivos grupos, estén aprobados antes de la fecha límite que establece el RDC (17/12/2017), ya que en nuestro PO también se recoge esta posibilidad.

Se solicita confirmación a esta interpretación

Respuesta

Respuesta de los Servicios de la Comisión:

Se confirma esta interpretación.

No obstante, hay que tener en cuenta que se necesita bastante tiempo para la puesta en marcha del partenariado y de los proyectos de estas estrategias, y por eso se recomienda su selección lo más pronto posible.