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Cofinanciado por la UE

¿Qué conviene establecer para facilitar la ayuda preparatoria?

FEMP (2014-2020)
Respuesta

Respuesta de los Servicios de FARNET:

La AG debe publicar una convocatoria de manifestaciones de interés, por lo general al mismo tiempo que los demás Fondos de la Unión Europea que lleven a cabo el desarrollo local participativo. En la convocatoria deben incluirse los elementos siguientes:

  • ¿Quién puede solicitarla? La convocatoria debe estar abierta a todos los grupos de acción local existentes, así como a los nuevos agentes que se comprometan a crear un grupo de esa clase y a establecer una estrategia de desarrollo local. La solicitud debe ser promovida por una organización legalmente constituida que pueda recibir fondos públicos, aunque no es imprescindible crear la asociación antes de solicitar la ayuda preparatoria.
  • ¿Qué clases de zonas son subvencionables? Las AG`s pueden restringir la subvencionabilidad a algunos tipos de zonas, de conformidad con los criterios de selección expuestos en el programa operativo.

¿Uno o varios solicitantes por zona? La AG debe indicar si acepta o no varias solicitudes para una misma zona.

En caso positivo, debe también indicar cómo seleccionará al solicitante elegido.

  • Las acciones que pueden ser objeto de financiación (véase la pregunta 2 de esta sección).
  • El presupuesto disponible.
  • El calendario de implantación.
  • Un formulario de solicitud para la presentación de las manifestaciones de interés (véase la pregunta 5 de esta sección).
  • Los criterios y procedimientos de selección (véase la pregunta 6 de esta sección).

La ayuda preparatoria pretende acelerar y facilitar la selección de las estrategias finales, por lo que resulta esencial que los procedimientos de selección sean sencillos, transparentes y fáciles de aplicar. Las solicitudes deben hacerse en formularios estándar lo más sintéticos posibles, de modo que requieran relativamente pocos puntos de vista cualitativos. La AG puede evaluar las solicitudes por sí misma o bien nombrar expertos externos independientes a tal efecto.

Los criterios y procedimientos deben ser adoptados por el Comité de Gestión (el “Comité de Gestión alternativo”) antes de que se apruebe el programa operativo (véase la pregunta 3 de esta sección).